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abril 24, 2024

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En Edomex inician el año sin nuevos impuestos, con bonificaciones en pago del agua y predial

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Para este año 2019, los ciudadanos del Estado de México no se tendrán que preocupar por el pago de nuevos impuestos, al igual que como en años anteriores, seguirán las bonificaciones para el pago de agua y predial, lo mismo que con beneficios adicionales para sectores vulnerables.

Continúan las bonificaciones y estímulos fiscales por el concepto de Impuesto Predial y Derechos de Agua Potable en un porcentaje de 8 %, 6 % y 4 %, aplicables durante enero, febrero y marzo, respectivamente.

De igual forma, por el pago puntual del Impuesto Predial  se plantea de 8 %, 6 % y 4 % durante enero, febrero y marzo, respectivamente, además del estímulo adicional por cumplimiento en Derechos de Agua del 4 % en enero y del 2 % en febrero.

Estímulos fiscales… ¿A quiénes?

Con respecto a las personas que son pensionadas , jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales vigentes, se prevé mantener en el pago del Impuesto Predial una bonificación de hasta 34 % y de hasta 38 % en el pago de derechos por servicio de suministro de agua potable, drenaje y alcantarillado y recepción de los caudales de aguas residuales.

Asimismo, se prevén estímulos fiscales de 100% en el pago de contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios a favor de los sectores vulnerables de la sociedad que se encuentren inscritos en el padrón municipal, así como de asociaciones religiosas, instituciones de beneficencia pública o privada, asociaciones culturales, instituciones de enseñanza pública y otros contribuyentes, que realicen actividades no lucrativas.

No establecen nuevas contribuciones

De acuerdo a los cambios fiscales que aprobaron los diputados mexiquenses, se acordó que no establecen nuevas contribuciones ni cambios en el porcentaje de recargos por pago extemporáneo de créditos fiscales a razón del 1.85 % mensual sobre su monto total, y el porcentaje mensual de recargos sobre saldos insolutos que se mantiene a razón del 1.3 %, cuando se concedan prórrogas para el pago de créditos fiscales.

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