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Obsoleta ley animal en el poder público estatal

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MARIO LÓPEZ
GRUPO CANTÓN

El maltrato animal en el Estado de México es considerado un delito grave y puede alcanzar penas de hasta 12 años de prisión, esto cuando se provoca la muerte de un animal de forma dolosa; este escenario ha colocado en el centro del debate el caso de la senadora de Morena Mariela Gutiérrez Escalante, quien reconoció el sacrificio de más de 10 mil perros durante su administración en Tecámac.

El Código Penal estatal establece sanciones que van de seis meses a tres años por maltrato, pero cuando hay muerte intencional las penas escalan considerablemente, además de multas económicas.


La ex alcaldesa de Tecámac argumentó que los sacrificios respondían a la presencia de animales “violentos” que representaban un riesgo para la población. Sin embargo, la legislación vigente solo permite la eutanasia en condiciones estrictas como enfermedades incurables, riesgos sanitarios comprobados y bajo métodos humanitarios.

Especialistas en bienestar animal han refutado el concepto de “animales violentos” como justificación generalizada. Señalan que la agresividad suele derivar de abandono, maltrato o falta de socialización, por lo que no constituye un criterio válido para aplicar sacrificios masivos como política pública.

Si se aplicara la ley ¿Cuál sería la pena para la senadora? se cuestionan los activistas ambientales

Organizaciones protectoras sostienen que el control ético de fauna debe centrarse en campañas de esterilización y adopción, y no en la eliminación sistemática. Incluso advierten que este tipo de acciones puede configurar delitos si no se acredita el cumplimiento de protocolos legales.

De confirmarse irregularidades, el caso podría encuadrarse en las penas máximas previstas por la ley estatal. Más allá de responsabilidades individuales, el debate ha evidenciado la necesidad de revisar cómo se aplican las normas de protección animal en México y si las autoridades realmente cumplen con los estándares legales y éticos.

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