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MONTSERRAT CARMONA
Con 52 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Congreso de la Ciudad de México aprobó este jueves la “Ley 3 de 3 contra la violencia”, impidiendo que las personas señaladas por actos de violencia contra las mujeres o que cuenten con deudas alimentarias puedan ocupar cargos de elección popular.
De esta forma, se modifican el apartado C del artículo 10, fracción 11 de la Constitución Política de la Ciudad de México, que establece que “ningún violentador podrá ejercer un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni podrá registrarse a cargos de elección popular”.
A esta aprobación se suman aquellos que cuenten con sentencia firme por delito de violencia familiar, violencia doméstica, violencia política contra las mujeres por razón de género y violación a la intimidad sexual.
Además de la modificación al artículo 27, apartado B, numeral 7 fracción primera, en el que se agrega un párrafo que obliga a los partidos políticos a la implementación de mecanismos para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia política por razón de género.
Esta elevación a rango constitucional representa un peldaño en ascenso para la lucha a favor de la erradicación de la violencia de género y sienta precedentes para que pueda ser replicada en otros estados de la República.
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