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mayo 03, 2024

CDMX

A juicio, quienes difundan información falsa por internet

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Pueden ser sancionados con indemnizaciones integrales, justas y suficientes

CATALINA CRUZ

Con el uso de las redes sociales los cibernautas deberán de ser cuidadosos al difundir comentarios o información falsa sobre otras personas, para evitar ser llevados a juicio por daño moral, señaló la jueza civil Beatriz Silva, del Poder Judicial de la Ciudad de México.

“Se debe tener cuidado con lo que se manifiesta, con lo que se divulga de las personas”, subrayó Silva, ya que en los juicios de daño moral, cuando procede, los jueces, emiten sentencias con indemnizaciones que buscan regresar las cosas al estado que guardaban antes de que se generará el perjuicio.

Precisó que, acorde a criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que la reparación del daño sea integral, suficiente y justa, no hay topes, tarifas o montos máximos que impidan la cuantificación de una indemnización.

Explicó que el daño moral se produce en una persona cuando se vulnera su honor o su vida privada, sea porque alguien divulga algo falso sobre ésta o cuando se le generan daños estéticos o se afecta su configuración en aspectos físicos.

Detalló que las personas que consideran que han sufrido daño moral por parte de otra tienen dos años para reclamarlo por la vía de un juicio civil, a partir de que el hecho se generó, y precisó que de estos asuntos se someten a la jurisdicción de los juzgados civiles de proceso escrito.

El daño moral, dijo, es la afectación que sufre una persona en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, reputación, honor, aspectos físicos o bien en la consideración que de ella tienen los demás.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), precisa que se divide en dos tipos el daño: patrimonial, material y daño extrapatrimonial o inmaterial, y que este último se refiere a un sufrimiento de carácter espiritual, físico o psíquico que sufre una persona cuando se le perjudica y no puede ser determinado por elementos estrictamente económicos.

“De acuerdo a esto, tendrán que tomarse en consideración los elementos para cuantificar, pero derivado de la protección a los derechos humanos, se debe realizar una justa indemnización que tiene como finalidad regresar las cosas al estado que guardaban antes del hecho ilícito o de que se causara el daño”, agregó la jueza civil capitalina.

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