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mayo 02, 2024

Voces

Altavoz | Mujeres: protección vigente

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Salvador Guerrero Chiprés

Cuando una mujer denuncia violencia proveniente de su pareja o expareja, es que ya hubo antes casi veinte eventos entre los que se incluye la violencia verbal o física.

Varios factores lo explican; menciono tres: suele existir una infundada confianza en que el agresor no lo volverá a hacer, hay temor al cumplimiento de las amenazas que la obligan a callar, o se cree que si ya fue hace tiempo la autoridad no podrá hacer nada.

Incluso, cuando ya hubo denuncia, las agresiones pueden continuar si la víctima regresa al hogar o no existe mecanismo para salvaguardar su integridad.

En ese contexto, es muy relevante la decisión que acaba de tomar el Congreso de la Ciudad de México para reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para eliminar la vigencia de
hasta 90 días —incluida una prórroga— que tenían las medidas u órdenes de protección a víctimas de violencia de género.

Ahora serán permanentes y, además, las autoridades deberán responder a la solicitud en no más de cuatro horas una vez que se conozca el hecho.

En lo que va del año, el Poder Judicial de la capital nacional ha emitido 4 mil 613 órdenes de protección, entre las que destacan, por su recurrencia, prohibición al agresor de acercarse a la víctima, el desalojo
inmediato del domicilio en común, custodia e incluso traslado a un refugio.

La política pública ante la violencia de género requiere atención integral. Recordemos que la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, fue la primera en proponer que el agresor debía salir de casa.

Una mujer que revela amenazas es una mujer que debe ser protegida mientras persista el riesgo, lo cual es también un desafío en términos de recursos humanos y materiales. Actuar a tiempo y de manera continuada es central.

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