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El mercado de combustible en México actualmente tiene una gran falacia documental y de entendimiento del significado libre. Los combustibles son regulados por parte de la SHCP al ser tasados a un precio objetivo en función de la inflación probable a tener para el 2019; bajo la herramienta denominada estímulo fiscal.
El control radica la formula emitida para 2019 en el Diario Oficial. En resumen determina que habrá dos cálculos para aplicar el estímulo; dependerá del precio base que procede del promedio monitoreado por la CRE publicados en relación con el INPC (índice nacional de precios al consumidor) y el precio de referencia del mercado internacional (variación depende del precio del barril de crudo y refinación). El estímulo aplicará cuando los precios referentes sean menores a los precios base, el estímulo fiscal será cero.
Partiendo de un MERCADO ABIERTO MEXICANO CONTROLADO actual; donde la variable de ajuste al precio final depende del estímulo al IEPS; origina una dispersión del cálculo de costos para conformar el precio unitario del precio del combustible al consumidor. Ante esta variable adaptada a la conveniencia de la SHCP y no al consumidor, debemos aclarar en términos de estructura de costos lo siguiente; un margen es determinado como la diferencia que da a lugar la venta menos costos.
Existen dos tipos de márgenes que debe considerar en el cálculo del precio de combustible: Bruto: Resultado entre precio unitario restando costos directo para hacer la actividad. Neto: Resultado entre precio unitario restando costos directo/ impuestos/administrativos/logística.