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Alejandro Armenta Mier
Como sabemos, vivimos en un mundo globalizado e interconectado, donde es cada vez más común comunicarse a través de medios digitales; entre ellos el uso de las redes sociales, plataformas, medios de comunicación y demás herramientas virtuales que hoy en día resultan indispensables para el desarrollo de las sociedades.
Nos encontramos en un periodo de la historia, caracterizado por el crecimiento exponencial en el uso de las tecnologías de la información (digitales), que han abierto un nuevo umbral de vida a la población en general, el cual llamamos Era de la Información.
Sin embargo, al mismo tiempo que toda esta información ha ayudado positivamente, no podemos dejar de lado que no han sido ajenas a las organizaciones criminales quienes, echando mano de los avances propios de la era tecnológica, también han desarrollado nuevas técnicas y estrategias para llevar a cabo sus objetivos.
Es por ello que, ante las excesivas injerencias de los gigantes tecnológicos en el uso y disposición de datos personales, es urgente que el Estado garantice la protección y defensa de los mismos.
Por ello, se requiere un sistema normativo como el que propuse en la iniciativa presentada el 20 de septiembre de este año, en donde se plantea una serie de modificaciones y adiciones a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, con el propósito de mejorar el procedimiento de imposición de multas a infractores y, a su vez, resarcir económicamente al titular afectado.