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De 5 a 10 años de cárcel a funcionarios corruptos

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Por_HHR

 

Ciudad de México.- De acuerdo con datos del INEGI, el 15% de los mexicanos que tuvo contacto con algún funcionario dijo haber sido víctima de al menos un acto de corrupción y el 5.4% de los establecimientos comerciales denunciaron haber sufrido conductas relacionadas a la corrupción en 2017.

Por ello, el Congreso de la Ciudad de México propone sancionar a los servidores públicos con penas de 5 a 10 años de prisión que actualmente es de 2 a 6 años de cárcel y no considera la agravante del beneficio económico de la actividad.

El diputado de Morena, Nazario Norberto Sánchez, también consideró que se debe elevar las sanciones a malos servidores públicos corruptos que utilizan el tráfico de influencias, por lo que propuso reformar el artículo 271 del Código Penal del Distrito Federal.

La iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 271 del Código Penal del Distrito Federal fue turnado a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia para su análisis y dictamen.

El también presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas, mencionó que este delito no es menor. Dijo que la conducta produce daños a la economía nacional, altera el funcionamiento ordinario de muchas instituciones y, en suma, consagra una visión errada de lo que debe ser el servicio público y lo transforma en “servicio personal”.

“Quienes ocupamos este cargo parlamentario, somos consciente de que el mandato de nuestros representados es incompatible con la tolerancia hacia cualquier tipo de acto de corrupción”, destacó.

El legislador indicó además que la corrupción de los servidores públicos ha sido una constante en el debate público de los últimos años. “La Casa Blanca”, “El caso Odebrecht”, “La Estafa Maestra”, son sólo algunos ejemplos de incidentes ligados con la corrupción.

Por tal motivo, el proyecto de decreto presentado reforma el primer párrafo del artículo 271 del Código Penal para el Distrito Federal, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 271. Al servidor público que por sí o por interpósita persona, promueva o gestione la tramitación de negocios o resoluciones públicas ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, se le impondrán de cinco a diez años de prisión y de cien a quinientos días multa”.

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