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Prohíben presencia de funcionarios en las casillas electorales

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REDACCIÓN
GRUPO CANTÓN
Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó parcialmente el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), donde se emiten convocatorias para que la ciudadanía participe como observadora electoral en el proceso electoral concurrente 2026-2027, por lo que le ordenó aplicar un mecanismo para filtrar e impedir que los servidores de la nación participen.

La decisión se determinó por mayoría de votos, sin embargo, quedó abierta la posibilidad para que puedan ser funcionarios de casilla y puedan formar parte al momento del conteo de los sufragios.

En su momento el máximo órgano electoral del país se pronunció porque se impidiera que servidores públicos vinculadas con programas sociales, operadoras de estos o servidoras públicas de la nación tuvieran restricciones para participar como observadores el día de la jornada.

La determinación de los magistrados se da exclusivamente, de momento, para que los funcionarios formen parte en la observancia electoral, más no en la participación directa en las casillas, ya que ninguno de los partidos políticos nacionales impugnó esta determinación específica del INE para impedir esta condición.

El asunto se originó toda vez que el Instituto emitió las convocatorias y lineamientos para la participación de la ciudadanía como observadora electoral, empero, aclaró que dicho requisito se acreditaría únicamente bajo protesta de decir verdad de la persona solicitante, con base en los principios de buena fe, presunción de veracidad y economía procesal.

Sin embargo, de manera conjunta, los partidos que conforman la oposición, Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano y Somos, impugnaron la decisión del INE, ya que consideraron que suplir una verificación institucional solo por una declaración personal afectaba cualquier principio de certeza.

El proyecto de resolución que fue aprobado, estuvo a cargo del magistrado Felipe Fuentes, en el cual se concedió la razón a los quejosos.

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