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Diana Sánchez Barrios
Durante siglos, la muerte ha sido un acontecimiento esencialmente natural, mientras que en nuestros tiempos se ha convertido en un proceso profundamente medicalizado y en ocasiones en un negocio. Además, los avances tecnológicos permiten prolongar funciones biológicas incluso cuando la recuperación resulta imposible. En consecuencia, aparece una pregunta fundamental: ¿quién debe decidir sobre mi propia muerte? Este cuestionamiento no es únicamente medico ni jurídico, es sobre todo, una cuestión de libertad. ¿Debe decidir el Estado, una autoridad religiosa, un tribunal, un médico, la familia o la propia persona que enfrenta un sufrimiento irreversible?
Una democracia se mide no solo por la manera en que protege la vida, sino también por la forma en que respeta la libertad, la dignidad y la autonomía de las personas en los momentos más difíciles de su existencia.
La eutanasia voluntaria es la intervención deliberada realizada por un profesional de la salud para poner fin a la vida de una persona, a petición libre, expresa e informada de esta, con el propósito de evitar un sufrimiento que considera insoportable debido a una enfermedad grave, incurable o irreversible, y conforme a las condiciones previstas por la legislación aplicable.
Históricamente, el Estado asumió una función paternalista respecto del final de la vida imponiendo una única concepción moral sobre el sufrimiento, la enfermedad y la muerte. Sin embargo, las sociedades democráticas contemporáneas se caracterizan por el pluralismo donde conviven personas con distintas convicciones filosóficas, éticas y religiosas. En este contexto, el derecho no debe obligar a todas ellas a vivir conforme a una sola visión del mundo. La verdadera fortaleza del Estado no consiste en apropiarse de las decisiones individuales, sino en garantizar que cada persona pueda ejercer sus derechos con seguridad jurídica y sin discriminación.
Defender la eutanasia no significa, de ninguna manera, afirmar que la muerte sea preferible a la vida, sino sostener que ninguna autoridad pública o religiosa debe imponer la prolongación del sufrimiento a una persona plenamente consciente que -de manera libre, informada y reiterada- decide poner fin a una situación degradante que considera incompatible con su propia dignidad.
El derecho comparado sobre la eutanasia voluntaria y el suicidio médicamente asistido muestra elementos comunes en los distintos países que han aprobado regulaciones. Entre ellos la existencia de solicitud libre y reiterada, la capacidad de decisión, la presencia de enfermedad grave e incurable, sufrimiento persistente considerado intolerable por el paciente, evaluación médica independiente y controles institucionales. Estas garantías permiten reducir significativamente los riesgos de abuso.
Así como nadie puede imponer un determinado proyecto de vida tampoco se debe imponer un determinado modo de morir. Una sociedad verdaderamente democrática no teme a la libertad, la protege incluso en la hora de la muerte. La regulación del suicidio asistido y de la eutanasia voluntaria no supone devaluar la vida humana, sino reconocer que, en determinadas circunstancias excepcionales y bajo estrictas garantías, el respeto a la dignidad humana puede traducirse en el reconocimiento de la libertad para decidir el propio final.