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Pierde el PRI de Sinaloa la impugnación a la elección por la gubernatura en 2021  

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Ni el PRI ni su candidato a la gubernatura, el hoy senador Mario Zamora Gastélum, llevaron el caso ante la Sala Superior del TEPJF pudiendo hacerlo

Redacción

El tribunal electoral del gobierno de Sinaloa negó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) la impugnación a la elección de 2021 por la gubernatura del estado, considerando además que pudiendo y debiendo hacerlo, ni el PRI ni el candidato, ahora senador, Mario Zamora, impugnaron la setencia del tribunal local ante la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal. Ni el PRI ni su candidato a la gubernatura, el hoy senador Mario Zamora Gastélum, llevaron el caso ante la Sala Superior del TEPJF, pese a que tenían la posibilidad jurídica de hacerlo.

Aunque el proceso electoral para la gubernatura de Sinaloa en 2021 sí fue impugnado formalmente por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante las autoridades electorales locales, posteriormente ni el partido ni su entonces candidato, el hoy senador Mario Zamora Gastélum, llevaron el caso ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pese a que tenían la posibilidad jurídica de hacerlo.

De acuerdo con la documentación del proceso electoral 2020-2021, el PRI presentó el 17 de junio de 2021 un Recurso de Inconformidad contra los resultados de la elección de gobernador de Sinaloa, luego de que el Instituto Electoral local entregó la constancia de mayoría a Rubén Rocha Moya, postulado por Morena y el Partido Sinaloense.

La impugnación quedó registrada bajo el expediente TESIN-INC-06/2021 en el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa. En ella, el PRI argumentó que durante el proceso electoral ocurrieron hechos de violencia generalizada que afectaron la libertad del voto, la equidad de la contienda y la certeza de la elección.

Sin embargo, el Tribunal Electoral de Sinaloa resolvió el 9 de julio de 2021 que los argumentos presentados por el PRI no acreditaban la existencia de violencia generalizada ni irregularidades determinantes para anular la elección.

Los magistrados analizaron más de cien ligas de internet con notas periodísticas y publicaciones en redes sociales aportadas como pruebas por el partido, aunque concluyeron que muchos de los hechos denunciados carecían de elementos suficientes para sostenerse jurídicamente.

La sentencia estableció que únicamente se confirmaron incidentes aislados en 23 casillas de un total de 4 mil 986 instaladas en el estado, equivalentes apenas al 0.46 por ciento del total. Además, el tribunal consideró que esos hechos no fueron determinantes para modificar el resultado final de la elección, donde Rocha Moya obtuvo el 56.60 por ciento de los votos frente al 32.49 por ciento alcanzado por Mario Zamora, con una diferencia superior a 24 puntos porcentuales.

El documento también destaca que, una vez emitida la resolución local, ni el PRI ni Mario Zamora Gastélum promovieron una impugnación ante la Sala Superior del TEPJF dentro de los plazos legales. Incluso, se precisa que el entonces candidato de la coalición Va por Sinaloa tenía la posibilidad de acudir directamente al máximo tribunal electoral mediante un juicio para la protección de los derechos político-electorales, con base en jurisprudencia emitida por el propio tribunal federal. No obstante, esa vía legal nunca fue utilizada, por lo que la sentencia del tribunal sinaloense quedó firme.

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