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El procedimiento de designación es ambiguo y, además, concentra todo el poder en la figura del rector.
POR DIEGO RAYA
GRUPO CANTÓN
Ciudad de México.- En medio del proceso para designación del nuevo rector de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), el reglamento de elecciones para los cargos directivos de la institución es poco claro y ambiguo, además de que ya ha sido violado en distintas instancias por los propios funcionarios de alto nivel. Además, la propia ley interna no permite a la comunidad informarse con tiempo de los candidatos a rectores de la institución.
El marco normativo está disperso en la Ley Orgánica de la UAM y en reglamentos internos como el Reglamento Orgánico de la Junta Directiva y del Colegio Académico.

La Ley Orgánica exige que los aspirantes a rector o miembro de la Junta Directiva tengan entre 30 y menos de 70 años, nacionalidad mexicana, título de licenciatura, experiencia académica y probidad.
Empero, carece de reglas claras sobre tiempos de campaña, difusión de propuestas o participación de la comunidad, lo que deja sin espacios a la comunidad estudiantil para conocer a sus futuras autoridades.
El Reglamento Orgánico fue aprobado en 2012, y detalla el proceso de elección de la Junta Directiva, pero tampoco obliga a publicar entrevistas, planes de trabajo o periodos de registro. En realidad, establece solo un mínimo de 15 días hábiles para registrar candidaturas y 10 días para la elección, lo cual no garantiza agendas informativas con la comunidad de los planteles de la UAM.
Por ello, procedimientos como el registro, difusión de planes y la llamada auscultación presencial —proceso de consulta y recopilación de información— pueden ejecutarse en plazos breves, impidiendo que estudiantes y académicos conozcan a fondo las propuestas.
Todas las ambigüedades de la normativa han provocado incluso violaciones a la ley, en las cuales, funcionarios mayores de 70 años continúan en cargos pese a que es algo prohibido.
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