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Abogado “fantasma” sin cédula vigente

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El gobierno de Nezahualcóyotl, encabezado por Adolfo Cerqueda, nombró como consejero jurídico a Héctor Alcántara Cruz, pese a no contar con título en Derecho.

Daniel Escobar
GRUPO CANTÓN

El gobierno de Nezahualcóyotl, encabezado por Adolfo Cerqueda, tiene en el gabinete como consejero Jurídico, a Héctor Alcántara Cruz, a quien la Secretaría de Educación Pública (SEP), no tiene registrado como licenciado en Derecho, lo cual contraviene el exhorto que al respecto hace la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Alcántara Cruz no tiene a su nombre ninguna cédula profesional como abogado o profesional del Derecho, dentro del Registro Nacional de Profesionistas (RNP) administrado por la SEP, según rastreó Diario Basta.

Es de señalar que el RNP sí cuenta con tres cédulas a nombre de “Félix Héctor Alcántara Cruz”, sin embargo, ninguna de ellas es en Derecho, área para la que el funcionario en cuestión fue nombrado en el gabinete del alcalde Cerqueda Rebollo, y de acuerdo con la comunicación oficial de Nezahualcóyotl, el servidor público no tiene el nombre de “Félix”.

La ausencia de un segundo nombre por parte del consejero Jurídico, también consta en la versión pública del Acuerdo 18/2025, aprobado por el cabildo que lidera Adolfo Cerqueda, mediante el cual se nombró a Héctor Alcántara Cruz como titular de la dependencia que encabeza.

Con esta decisión, el gobierno de Adolfo Cerqueda no solamente designó a alguien sin la suficiente pericia requerida, para representar jurídicamente a la administración de Nezahualcóyotl, sino que incumplió con el exhorto que hace la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, para que no se nombren en estos cargos a personas sin un nivel mínimo de licenciatura en el área.

“Para ocupar los cargos de Secretario; Tesorero; Director de Obras Públicas, de Desarrollo Económico, Director de Turismo, Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria, Ecología, Desarrollo Urbano, de Desarrollo Social, de las Mujeres, del Campo o equivalentes, titulares de las unidades administrativas, de Protección Civil y de los organismos auxiliares se deberán satisfacer los siguientes requisitos (…) Contar con título profesional o acreditar experiencia mínima de un año en la materia”, prevé el artículo 32 de la ley mencionada.

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