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Mueve Lía a su arbitrio 689.3 mdp de la AO

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Otorgó los contratos sin concurso a empresas amigas, lo que de acuerdo a la Cofece es una herramienta para el enriquecimiento ilícito

Sadit Gabriel

CIUDAD DE MÉXICO. -Las adjudicaciones directas, por sus características, tienden a dejar de lado la competencia y la optimización del recurso público para elegir los mejores precios en el pago de productos o servicios, ello sin considerar que frecuentemente son ocupados como herramienta para el enriquecimiento ilícito, de acuerdo a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

No obstante, en la alcaldía Álvaro Obregón, liderada por Lía Limón, la alcaldesa del PAN adjudicó hasta $689.3 millones de esta forma solo durante 2022, según la Plataforma Nacional de Transparencia.

Esta situación ocurrida en la demarcación capitalina pudo comprobarse a través de un análisis de los contratos autorizados y reportados por Lía Limón y su séquito de burócratas a la PNT. Por ejemplo, solo durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, la alcaldesa se tomó la libertad de destinar por dedazo hasta $689 millones 356 mil 758 del dinero del pueblo a empresas privadas.

En total, fueron 411 los contratos totales adjudicados por el Gobierno del PAN en la Álvaro Obregón durante el ejercicio fiscal 2022, aunque de esa cantidad, 328 acuerdos comerciales entre la administración local y diversos empresarios se realizaron de forma directa (el 79.81% del total acumulado).

Dentro del panorama de la Ciudad de México, los 328 contratos totales elaborados de manera directa por Lía Limón representaron la segunda mayor cantidad de acuerdos comerciales firmados de esa forma por una alcaldía durante 2022. Solo supera a la panista otra gestión blanquiazul: Azcapotzalco, cuyas cifras con Margarita Saldaña Hernández sumaron hasta 530 contratos adjudicados sin competencias o análisis previos de ningún tipo.

Con base en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en sus artículos 42 (fracciones I y II) y 41 (fracciones I, II, V y VIII), un Gobierno o dependencia en México únicamente puede elaborar adjudicaciones de manera directa en cuatro casos: si por sus cualidades, el bien o servicio contratado solo puede ser cubierto por un proveedor exclusivo; en contratos donde ambas partes autoricen la adjudicación y la garanticen por tener la mejor oferta; en casos de fuerza mayor o emergencia; o cuando se realice una licitación relacionada con el ejército o la seguridad nacional.

 

79.81% de acuerdos de Lía fueron por dedazo en la AO

 

 

 

 

 

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