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La orden por parte del SCJN también implica los cateos los cuales se efectuaban respecto de cualquier domicilio particular
Ernesto Olmos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este lunes 17 de abril la facultad de los militares de intervenir en las comunicaciones de civiles sin tener una previa orden de un juez.
De acuerdo con la SCJN, se dio luz verde a las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra del Código de Justicia Militar (CJM) y del Código Militar de Procedimientos Penales (CMPP).
Los artículos que fueron anulados son los 291, 295 y 296 debido a que no eran claras si el espionaje militar también implicaba a los civiles; asimismo se señaló el artículo 81 del CJM la cual permitía solicitar, con previa autorización judicial, la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación móvil relacionados con investigaciones, sin embargo también podía aplicarse a las personas ajenas al ámbito castrense.
De igual manera, se invalidó los artículos 278 y 282 del CMPP que daban facultad del Ministerio Público militar de solicitar al órgano jurisdiccional la autorización para realizar cateos a cualquier domicilio civil y también en residencias u oficinas públicas de cualquiera de los tres poderes de gobierno, así como de organismos constitucionales autónomos.
” Lo anterior por permitir a la autoridad militar ejercer medidas restrictivas que impactaban en la esfera de las personas civiles, sin que fuera requerida la intervención de un juez civil, en términos del artículo 16 constitucional”, se lee en la resolución del SCJN.
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Tras esto el pleno determinó: “Por tratarse de normas en materia penal, los efectos de la invalidez serán retroactivos al 17 de mayo de 2016, fecha en la cual entraron en vigor las disposiciones analizadas”.
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