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mayo 02, 2024

CDMX

Estas son las nuevas disposiciones al Reglamento de Tránsito de CDMX

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Conoce las modificaciones al Reglamento de Tránsito de la CDMX que entran en vigor a partir del lunes 4 de abril 

Juan R. Hernández

El jueves pasado, el Gobierno capitalino publicó en la Gaceta Oficial las modificaciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México que entrarán en vigor a partir del 4 de abril y cuyo propósito es eliminar espacios para la corrupción y garantizar una movilidad segura para la población.
En las modificaciones se establece que solo se usará grúa para remitir el vehículo al depósito vehicular cuando un automóvil se encuentre en alguno de estos supuestos:

1) Estacionado sobre vías peatonales, vías ciclistas exclusivas, vías primarias, exista señalamiento restrictivo, carriles exclusivos, espacios para servicios especiales; frente a hidrantes, servicios y rampas; doble o más filas; 6 m de la entrada de una estación de bomberos y de vehículos de emergencia y en un espacio de 25 m a cada lado del eje de entrada en la acera opuesta a ella; y 10 m de cualquier cruce de vía férrea.

2) En cajones de estacionamiento para personas con discapacidad; 100 m de una curva o cima sin visibilidad; vías ciclistas, en lugares autorizados para tal fin, y no se cubra la cuota determinada por su uso.

3) Vehículos que participen en competencias de alta velocidad (arrancones).

También se señala que los vehículos motorizados que se encuentren estacionados en lugares prohibidos, así como los vehículos con placas foráneas que se encuentren estacionados en zonas en las que existan sistemas de cobro por estacionamiento en vía pública y que infrinjan las disposiciones establecidas, serán sancionados con una multa equivalente a 5, 7 o 10 veces la UMA vigente, que equivale a 481, 673 y 962 pesos, y 1 punto a la licencia para conducir.

También se establece que los conductores de vehículos de transporte público de pasajeros y carga que no respeten los límites de velocidad serán acreedores a una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA), lo que equivale a mil 924, 2 mil 406 y 2 mil 867 pesos y 6 puntos a la licencia de conducir; o en caso de infracciones captadas a través de sistema tecnológicos se sancionará con 1 a 5 puntos.

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