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Por Ricardo Sevilla
Le cuento que el exmagistrado presidente del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, Armando Hernandez Cruz, ha enviado insistentes cartas exigiendo que precise yo si la acusación que Morena lanzó en su contra, hace diez años, en 2016, por presunto tráfico de influencias fue una “denuncia formal” con sello de recibido o un señalamiento público.
En un intento por aferrarse a la técnica procesal para matizar aquel escándalo de nepotismo y presiones institucionales que salpicó su gestión, me pide identificar el número de carpeta o corregir la redacción. Dicho lo cual, aquí le doy mi respuesta puntual y sin rodeos:
Le concedo, sin vueltas, la precisión técnica que solicita: en el terreno estrictamente procesal, no es lo mismo un señalamiento mediático o una exigencia pública de investigación que una denuncia formal radicada ante un ministerio público o un órgano de control con su respectivo número de expediente.
Y para que la audiencia tenga la fotografía completa y exacta, dejaré constancia explícita en la publicación de que lo ocurrido en 2016 por parte de Morena fue un señalamiento público y un reclamo abierto de investigación sobre su desempeño, y no necesariamente una querella penal con acuse de recibido en ventanilla.
El rigor técnico se respeta y el matiz queda concedido, como exige don Armando Hernandez Cruz.
Ahora bien, no confundamos la forma con el fondo. Apelar al diccionario jurídico para intentar desarmar un señalamiento político es un recurso viejo –y maniqueo– que no borra la memoria.
De entrada, hay dos yerros muy evidentes en la postura de Arma dendo Hernandez Cruz que, como periodista, no puedo pasar de largo:
- Atrincherarse en el papeleo para evadir la crítica: Que un señalamiento no haya quedado estampado en un papel oficial no significa que no haya existido. En 2016, legisladores de Morena salieron a cuestionar públicamente la gestión de Armando Hernandez Cruz al frente del tribunal electoral capitalino por presunto tráfico de influencias y nepotismo. Apretarse el nudo de la corbata y exigir “fuente documental con número de carpeta” sirve para el debate de escritorio, pero no borra el hecho de que su trabajo fue duramente cuestionado por las fuerzas políticas que hoy gobiernan.
- Confundir la falta de expediente con la falta de hechos: El periodismo no es la Oficialía de Partes de un juzgado; nuestra labor es registrar los hechos y el impacto de los servidores públicos en la vida democrática. Y tratar de reducir una controversia real a un pleito de nomenclaturas es una maniobra hábil, pero insuficiente cuando lo que está sobre la mesa es la fiscalización del poder.
Acepto ajustar la precisión de los términos porque la verdad factual no estorba; al contrario, fortalece el periodismo.
Y como consta en esta columna, hago la precisión editorial correspondiente para señalar que se trató de un señalamiento público. ¡Aquí lo tiene, señor Hernandez Cruz.
Y cierro con esto: que no se entienda la aclaración procesal como un certificado de amnesia: los cuestionamientos a su paso por las instituciones ahí estuvieron, y forman parte de los señalamientos públicos, que son sumamente importantes.
