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Herencias, donaciones y préstamos familiares

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Por Pedro Linares Manuel

Muchas felicidades a todos los Pedros en su día, hoy 29 de Junio celebro con esta columna mi cumpleaños 48. Apreciable lector es común que entre familiares exista apoyo económico. Un padre dona dinero a un hijo, un hermano presta recursos para iniciar un negocio o una persona recibe una herencia tras el fallecimiento de un ser querido. Sin embargo, muchas personas desconocen que estas operaciones pueden tener implicaciones fiscales si no se documentan correctamente.

La primera diferencia importante es que una herencia no es lo mismo que una donación, y una donación no es lo mismo que un préstamo. Aunque las tres implican la transferencia de bienes o dinero, cada una tiene un tratamiento jurídico y fiscal distinto.

HERENCIAS Y EL SAT

Las herencias, por regla general, no generan el pago del Impuesto Sobre la Renta para quien las recibe cuando cumplen con los requisitos legales correspondientes. No obstante, es recomendable conservar la documentación que acredite el origen de los bienes, ya que la autoridad puede solicitar información sobre la procedencia del patrimonio.

Las donaciones también pueden estar exentas en determinados casos, especialmente cuando se realizan entre ciertos familiares y dentro de los supuestos previstos por la legislación fiscal. Sin embargo, cuando no existe evidencia documental o las cantidades son significativas, pueden surgir cuestionamientos por parte de la autoridad. En el caso de los préstamos familiares, uno de los errores más frecuentes consiste en entregar dinero sin elaborar un contrato. Con el paso del tiempo resulta difícil demostrar que esos recursos debían devolverse y no representaban un ingreso para quien los recibió.

EVITA AUDITORIAS

Actualmente, el SAT cuenta con herramientas tecnológicas que permiten cruzar información bancaria, patrimonial y fiscal. Por ello, depósitos de cantidades importantes, realizados de manera frecuente y sin documentación de respaldo, pueden llamar la atención de la autoridad y generar solicitudes de aclaración.

La mejor protección consiste en documentar cada operación. Un contrato de préstamo, un convenio de donación, un expediente sucesorio o los comprobantes bancarios pueden marcar la diferencia al momento de acreditar el origen de los recursos. En materia fiscal, el patrimonio familiar también merece orden, transparencia y respaldo documental. Libros y contenidos en: www.mentisnovatea.com | Consultas y orientación: WhatsApp 56 4410 4184

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