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Presenta Rosa Icela Rodríguez “Plan B” de la Reforma Electoral; reduce privilegios y fortalece la revocación de mandato

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Primero, en relación con la reducción de privilegios.

En el caso de los municipios, la reducción del número de regidurías será de siete hasta un máximo de 15.

Esto es muy importante, porque ya no se puede, a partir del año próximo pasar a un número de 16 se tiene que mantener en 15. Y es importante la limitación a una sindicatura por municipio.

En el caso de los Congresos locales, el tope presupuestal se hace del .7% del Presupuesto de Egresos de cada entidad. Este monto no puede ser superior, por supuesto, a este tope.

Recordar, muy importante, lo que ha señalado la Presidenta, los ahorros producto de esta iniciativa, los ahorros de esta reducción, tanto en regidurías como en Congresos locales serán utilizados en obra de infraestructura pública de los propios municipios y las propias entidades federativas.

Con relación a la reducción de privilegios, la iniciativa de Reforma Constitucional también comprende que funcionarios del INE, de los tribunales y de los Órganos Electorales de los estados, consejeros, magistrados, no podrán ganar más que la Presidenta de México. Esto ya no será posible con la aprobación de esta ley.

Se acabará con los privilegios como bonos, seguros de gastos médicos mayores, todo tipo de seguros, así como ingresos adicionales.

Y en el caso del Senado, también se ha acordado una reducción de gasto progresivo hasta llegar a un 15%, esto es en relación con la reducción de privilegios.

En cuanto a la Revocación de Mandato, recordar que este es el derecho que tiene el pueblo de México para decidir si la persona, en este caso, titular de la Presidencia, debe continuar o no en el cargo.

Esta propone su realización el primer domingo de junio, del tercero o cuarto año de gobierno; es decir, en 2027 o 2028. Esto es, dependiendo del año en que se solicite por parte de la ciudadanía.

PRESIDENTA: Actualmente, está solo para el cuarto año, es decir, no puede realizarse en el tercer año. Entonces, lo que se propone es que pueda ser en el tercero o cuarto año.

SECRETARIA DE GOBERNACIÓN: En relación con las Reformas a las Leyes Secundarias, que contemplan las iniciativas.

Uno, aquí están los artículos y la propuesta.

En el caso de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, decir que se trata de poner un tope a las remuneraciones del INE, de los consejeros y no solamente los consejeros, sino de los altos funcionarios. En el caso del Artículo 99, se trata del tope a las remuneraciones de los de los Institutos locales, que son de los consejeros y altos funcionarios.

También en el Artículo 104, se propone el inicio de los cómputos de la elección federal a la conclusión de la llegada del primer paquete. No estamos hablando de PREP, estamos hablando solamente de que inmediatamente que termine la jornada se inicie el cómputo.

PRESIDENTA: Actualmente, se inicia el miércoles, es decir, la elección es el domingo y el cómputo definitivo, el miércoles. Y se está proponiendo que en el instante que llega la primera urna, en ese instante empiece el cómputo.

¿Qué objetivo tiene? Pues, evitar que haya cualquier manipulación en esos dos días o tres días.

SECRETARIA DE GOBERNACIÓN: Por su parte, el Artículo 116 también propone un tope a las remuneraciones de los funcionarios de los Tribunales Electorales locales, magistrados y altos funcionarios.

Y el 192 tiene que ver con una parte muy importante, la fiscalización. En este caso, los convenios con diversas autoridades en materia de fiscalización, tanto de partidos como de candidatos.

PRESIDENTA: Por ejemplo, el INE podrá firmar un convenio con la UIF, con Secretaría de Hacienda y con la UIF, en caso de que considere que es necesario la revisión de alguna aportación a una campaña.

SECRETARIA DE GOBERNACIÓN: También el uso de tecnologías para la fiscalización, así como la parte del inicio de los cómputos locales; el otro se refería a federales y este a locales.

Otro es la Ley General de Partidos Políticos.

Esto también se refiere a una propuesta de iniciativa en el caso de una Ley Secundaria, el artículo 30 tiene como obligación de transparentar las remuneraciones de los dirigentes de partidos.

También el Artículo 50, la obligación de los partidos de reportar sus operaciones financieras en tiempo real, mediante el sistema bancarizado.

Otra, es el tope de remuneraciones en UMAS, también menor al salario de la Presidenta.

Y en el caso del 54, es la prohibición de recursos ilícitos o de origen no comprobable en las campañas.

También la prohibición de recursos provenientes del extranjero, y también aportaciones en efectivo.

Sería todo.

Eso sería, Presidenta.

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