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La Comisión de Quejas del Instituto Electoral capitalino resolvió dos asuntos vinculados con presuntos actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos; uno fue desechado y otro derivó en un procedimiento sancionador ordinario.
REDACCIÓN
La Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) resolvió dos asuntos relacionados con la posible comisión de actos anticipados de precampaña y campaña, así como con hechos que podrían constituir promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.
Durante su Tercera Sesión Urgente, el órgano colegiado aprobó el desechamiento de una queja en la que se denunciaban presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, al considerar que no existían elementos suficientes para continuar con su trámite y que la materia de la denuncia se vinculaba con aspectos de la vida interna partidista.
En un segundo asunto, la Comisión determinó iniciar un procedimiento ordinario sancionador derivado de una queja relacionada con la presunta difusión de publicaciones en redes sociales sobre la participación de una persona servidora pública en posadas navideñas realizadas en diciembre en diversas colonias de la alcaldía Álvaro Obregón.
Tras el análisis de las pruebas aportadas y de los elementos recabados en la investigación preliminar, se propuso desechar la queja en lo referente a posibles actos anticipados de campaña, al no advertirse alusiones electorales, aspiraciones a un cargo de elección popular ni llamados expresos al voto.
No obstante, la Comisión concluyó que existen indicios suficientes para iniciar un procedimiento ordinario sancionador por posible promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, al haberse acreditado la existencia de los hechos denunciados y la participación del probable responsable. De manera preliminar, se identificó el uso de materiales logísticos, la entrega de alimentos, lonas y artículos con el nombre del denunciado, así como la difusión de publicaciones en redes sociales en las que aparece su imagen y nombre.
Respecto a las medidas cautelares y de tutela preventiva solicitadas, la Comisión resolvió declararlas improcedentes, al estimar que no se cuenta con elementos claros y suficientes que permitan acreditar un daño grave e irreparable a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral.
Finalmente, en un análisis oficioso, el órgano colegiado advirtió la aparición de personas menores de edad en algunas de las publicaciones denunciadas. Aunque este hecho no constituye una infracción electoral, la Comisión determinó dar vista a la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, ante una posible afectación al interés superior de la niñez.