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Por Eduardo Lopez Betancourt
El Juez Taboada forma parte del amplio grupo de funcionarios improvisados dentro del sistema de justicia oral, modelo que ha evidenciado un fracaso contundente. En especial, el procedimiento penal se ha convertido en una simulación que pretende emular, de manera burda, las series televisivas de crímenes.
Se pasa por alto que el sistema jurídico latino difiere sustancialmente del anglosajón, donde la falsedad (injuria) constituye una falta grave. En aquel esquema, el juramento bajo textos sagrados implica claridad, exactitud y veracidad. En contraste, en las sociedades latinas la mentira se ha normalizado y, en México, incluso parece una práctica institucionalizada. Se distorsionan los acontecimientos, se fabrican testigos, se adquieren dictámenes periciales a conveniencia y, en general, acudir a audiencias orales resulta un espectáculo grotesco.
El juez Taboada, al igual que otros de su misma condición, ejerce su función en instalaciones precarias, donde el acceso ciudadano es limitado y la postura de los impartidores de justicia se caracteriza por una rigidez excesiva, que llega al despotismo. En casos concretos, inicia su actuación intimidando a defensores y, peor aún, a las propias personas afectadas, generando un clima de presión que impide el esclarecimiento real de los hechos.
Además, dicho juzgador exhibe una conducta mercantilista: se promociona en plataformas digitales para impartir cursos sobre juicios orales, actividad que también realiza su cónyuge. Tal circunstancia evidencia una grave carencia de ética, pues cuando un abogado enfrenta un proceso bajo su jurisdicción, solicita asesorías privadas, creando vínculos de cercanía que influyen directamente en las resoluciones.
No resulta extraño entonces que, tratándose de delincuentes carentes de escrúpulos, el juez Taboada dicte absoluciones absurdas, sustentadas únicamente en la negativa del acusado. En múltiples sentencias comienza afirmando que el imputado “no aceptó su responsabilidad, por lo que debe considerarse inocente”.
Así, el juez Taboada aplica una especie de puerta giratoria, mediante la cual ingresa un culpable y egresa un supuesto inocente, en perjuicio evidente de la víctima, quien queda prácticamente desprovista de posibilidades reales de acceder a la justicia.