56 lecturas
Por Eduardo López Betancourt
El tan llevado y traído tema de la Reforma Judicial, ha provocado gran cantidad de pronunciamientos, de los cuales, la mayoría se han ido a extremos, donde precisamente, se acepta o se repudia. Los legisladores del ámbito nacional están decididos a un cambio, esto es, a votar la propuesta del Ejecutivo Federal, misma que en esencia, consiste en la elección directa de “los hombres de toga y birrete”. Por su lado, en particular los miembros del Poder Judicial Federal, los de oposición y diversas voces, exponen que la elección de los jueces no es procedente, ya que, más bien deben responder a un proceso, donde se mantenga lo que se ha denominado Carrera Judicial, por la cual se ocupan los cargos mediante concursos de oposición y también, presentando diversos exámenes.
Las posturas parecen irreconciliables, de ahí que sea más relevante analizar lo relativo a “¿quiénes y cómo?”; lo interesante es precisar ¿quiénes pueden llegar a ser jueces?, circunstancia que nos lleva a los requisitos, o sea, ¿cómo deben ser electos? por decisión colegiada o por oposición, es indispensable se puntualice, por ejemplo, para ser Ministro de la Corte, debe contarse con experiencia probada de 20 años en los ámbitos jurídicos, preferentemente dentro de los juzgados o fiscalías, Igualmente se reclaman los más altos estudios en Derecho, los cuales deben ser con grado académico de Doctorado, obtenido en una institución seria y respetable; otro aspecto es que sea autor de obras jurídicas de relevancia nacional o bien, productor de tesis y artículos que permitan asegurar su talento. También, es deseable no hayan ocupado cargos administrativos en los últimos 5 años de su elección.
Nótese, de esta manera, sean electos o designados, se estará logrando que los mejores sean los que formen el más alto Tribunal de País. Así, insistimos, es más importante el “quiénes, qué, el cómo”. Esta tesis se deberá unir a todas las corrientes para que, de manera gradual, se marquen requisitos para otros cargos.