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Conceden prisión domiciliaria a Emilio Lozoya

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Ante ello, la FGR alega que el Emilio Lozoya recibió beneficios judiciales de jueces y magistrados ignorando que puede escapar y evadir la acción de la justicia.

REDACCIÓN

GRUPO CANTÓN

Ciudad de México.- El juez de Control del Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México, con sede en el Reclusorio Norte, Gerardo Genaro Alarcón López, ordenó la libertad inmediata de Emilio Lozoya Austin, director de Petróleos Mexicanos (Pemex) durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, por lo que podrá llevar su proceso en prisión domiciliaria.

Una vez que se dio a conocer la decisión del togado, la Fiscalía General de la República (FGR) aseveró que el exfuncionario peñista no ha ganado, de momento, ninguno de los juicios a los que el Ministerio Público de la Federación lo ha sometido, sin embargo, sólo ha obtenido tanto de jueces y magistrados federales, algunos privilegios procesales totalmente injustos y desproporcionados.

La resolución de Alarcón López se debió a que el imputado de haber recibido sobornos de la transnacional Odebretch mientras fue titular de la paraestatal mexicana, solicitó un recurso de amparo.

Mediante un comunicado, de los beneficios que Lozoya ha obtenido, la FGR señaló que dichas resoluciones han sido dictadas en forma parcial e ilegal por el Juez de Control Gerardo Genaro Alarcón López y por los Magistrados de los Tribunales de Apelación Alberto Torres Villanueva y Juan Pedro Contreras Navarro consisten en lo siguiente:

“Se nos han excluido pruebas que lícitamente fueron obtenidas por la Fiscalía en Brasil y en Suiza, mediante tratados internacionales válidos que México ha suscrito, violando lo establecido en dichos convenios que tienen respaldo constitucional.

Al acusado, el juez Alarcón López lo benefició injustamente, excluyéndolo de su responsabilidad del pago por la reparación del daño en el caso de Agronitrogenados, alegando que dicho pago ya lo había hecho Alonso “N”, lo cual nada tiene que ver con la responsabilidad directa de Emilio “N”, que está señalada en el artículo 30 del Código Penal Federal.

Y, el día de hoy (20 de febrero), el juez de amparo Juan Pedro Contreras Navarro, lo deja en libertad procesal para que así continúe su juicio, porque considera que no existe riesgo de que se sustraiga de la acción de la justicia, haciendo caso omiso de que dicho individuo fue aprehendido en España, después de haberse dado a la fuga”, detalló la Fiscalía.

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