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Para evitar que la llamada “ley Garrote” se extienda hacia otras entidades de la República Mexicana, el Congreso de la Ciudad de México aprobó por mayoría respaldar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en su defensa Constitucional contra las Reformas al Código Penal del estado de Tabasco aprobadas el pasado 29 de julio, mediante las cuales se sanciona hasta con 20 años de cárcel a quienes ejerzan su derecho de libre manifestación.
El diputado Víctor Hugo Lobo Román, autor del punto de acuerdo para frenar esta flagrante violación, consideró que esas reformas legales, atentan contra nuestro orden constitucional, contra la convencionalidad de los derechos humanos y contra todas las formas de manifestación pacífica.
Asimismo, exhortó a los congresos locales de todas las entidades del país a defender el orden constitucional y no aprobar leyes que pudieran afectar los principios básicos de los derechos humanos, toda vez que ello significaría un grave retroceso legal, en materia de garantías ciudadanas.
En tribuna, el vicecoordinador del grupo parlamentario del PRD consideró que ésta ley representa uno de los más tristes y oscuros pasajes en la historia moderna de nuestro país, pues la libertad de manifestación es un derecho consagrado en la Constitución de los mexicanos, y no una graciosa concesión de las autoridades estatales.
Dijo que las razones para respaldar una legislación regresiva y autoritaria son muy claras, pues el gobierno federal decidió construir en Tabasco una refinería y diversos proyectos energéticos y ahora como premio respalda al congreso local en sus intentos por violar los derechos de los tabasqueños.
“La ley garrote es un intento de coartar los derechos humanos y revela una tendencia preocupante de algunos gobernadores que tratan de imponer su voluntad y sus intereses por encima de las libertades y los derechos ciudadanos. Tenemos el caso de Baja California, donde los legisladores rompen arbitrariamente el principio constitucional de la NO reelección y ahora en Tabasco los diputados deciden sancionar con todo rigor a quienes pretendan ejercer su derecho de libre manifestación”.
Además se prevé penas de hasta 10 años de cárcel y multas al que interrumpa o dificulte el servicio público local de comunicación destruyendo o dañando, algún medio local de transporte público de pasajeros y de carga.