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Declaración anual de personas físicas 2026

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Por Pedro Linares Manuel

Abril de 2026 es el mes clave para más de 40 millones de contribuyentes. Del 1 al 30 de abril, las personas físicas deben presentar su Declaración Anual bajo un sistema donde el SAT cruza CFDI, depósitos bancarios, nómina y plataformas digitales en tiempo real.

LA CLASIFICACIÓN FISCAL INICIA CON:

• Sueldos y salarios

Trabajadores subordinados. Ingresos vía nómina con retenciones de ISR.

Deducibles: médicos, dentales, hospitalarios, seguros, colegiaturas e intereses hipotecarios.

• Actividad profesional (honorarios)

Médicos, abogados, psicólogos, consultores.

Deducibles: renta de oficina, equipo, papelería, software, capacitación y viáticos.

• Actividad empresarial

Comerciantes, industriales, prestadores de servicios.

Deducibles: compras, inventarios, sueldos, renta, luz, gasolina, logística.

• Régimen de Arrendamiento

Personas que rentan inmuebles.

Deducibles: predial, mantenimiento, intereses hipotecarios y mejoras.

• Plataformas digitales

Conductores, repartidores, freelancers digitales.

Deducibles: combustible, mantenimiento, comisiones, equipo tecnológico.

• Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Contribuyentes con ingresos hasta $3.5 millones anuales.

ISR reducido de 1% a 2.5%, sin deducciones tradicionales.

• Intereses y dividendos

Ingresos financieros.

Retenciones aplicadas y ajuste en anual.

CLAVE FISCAL:

Las deducciones personales tienen un límite: el menor entre 15% de ingresos o $213,000 pesos. Una correcta integración puede generar saldo a favor.

ALERTA 2026:

No declarar implica multas de $1,810 a más de $44,790 pesos, además de recargos y posibles auditorías. Hoy, la Declaración Anual no es solo un trámite: es un diagnóstico financiero donde el contribuyente define si paga, recupera o entra en revisión fiscal.

Capacitación Fiscal, tramites y servicios al canal de whatsapp: 56 4410 4184.

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