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Por Pedro Linares Manuel
Abril de 2026 es el mes clave para más de 40 millones de contribuyentes. Del 1 al 30 de abril, las personas físicas deben presentar su Declaración Anual bajo un sistema donde el SAT cruza CFDI, depósitos bancarios, nómina y plataformas digitales en tiempo real.
LA CLASIFICACIÓN FISCAL INICIA CON:
• Sueldos y salarios
Trabajadores subordinados. Ingresos vía nómina con retenciones de ISR.
Deducibles: médicos, dentales, hospitalarios, seguros, colegiaturas e intereses hipotecarios.
• Actividad profesional (honorarios)
Médicos, abogados, psicólogos, consultores.
Deducibles: renta de oficina, equipo, papelería, software, capacitación y viáticos.
• Actividad empresarial
Comerciantes, industriales, prestadores de servicios.
Deducibles: compras, inventarios, sueldos, renta, luz, gasolina, logística.
• Régimen de Arrendamiento
Personas que rentan inmuebles.
Deducibles: predial, mantenimiento, intereses hipotecarios y mejoras.
• Plataformas digitales
Conductores, repartidores, freelancers digitales.
Deducibles: combustible, mantenimiento, comisiones, equipo tecnológico.
• Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Contribuyentes con ingresos hasta $3.5 millones anuales.
ISR reducido de 1% a 2.5%, sin deducciones tradicionales.
• Intereses y dividendos
Ingresos financieros.
Retenciones aplicadas y ajuste en anual.
CLAVE FISCAL:
Las deducciones personales tienen un límite: el menor entre 15% de ingresos o $213,000 pesos. Una correcta integración puede generar saldo a favor.
ALERTA 2026:
No declarar implica multas de $1,810 a más de $44,790 pesos, además de recargos y posibles auditorías. Hoy, la Declaración Anual no es solo un trámite: es un diagnóstico financiero donde el contribuyente define si paga, recupera o entra en revisión fiscal.
Capacitación Fiscal, tramites y servicios al canal de whatsapp: 56 4410 4184.