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Es delito no dar pensión alimenticia, es obligación familiar

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Redacción
GRUPO CANTÓN

Ciudad de México.– El TSJCDMX subrayó que la pensión alimenticia es un derecho humano fundamental cuya finalidad es garantizar la subsistencia y el desarrollo integral de personas menores de edad, personas con diversidad funcional y adultos mayores que no pueden proveerse por sí mismos; también advirtió que su incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas y penales.

Esto afirmó Gerardo Ortiz Marmolejo, juez en materia Familiar de proceso escrito, quién explicó que esta obligación recae, sobre todo, en los progenitores; pero puede extenderse a otros familiares si es necesario para asegurar este derecho esencial. También, advirtió que el incumplimiento, ya sea voluntario o por omisión, conlleva consecuencias severas, incluida la posibilidad de que se configure como un delito.

Entre las principales sanciones, Ortiz Marmolejo mencionó la inscripción del deudor en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, restricciones personales —como la imposibilidad de salir del país— y la vía penal cuando se busca evadir la responsabilidad alimentaria mediante el abandono deliberado del empleo.

La legislación contempla varios mecanismos para garantizar el pago, siendo el más común el descuento directo vía nómina. Además, para reclamar adeudos, la ley prevé la vía de apremio, un procedimiento expedito que permite ordenar el embargo de bienes del deudor si no acredita el cumplimiento de la obligación en un plazo de 5 días.

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