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REDACCIÓN
Ciudad de México.- La empresa Nueva Elektra del Milenio, S.A de C.V deberá pagar 67 millones de pesos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), luego que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sentencia de un tribunal colegiado que había favorecido a esta compañía perteneciente a Grupo Salinas.
Con seis votos a favor, se aprobó el proyecto de la ministra Lenia Batres quien planteó invalidar el amparo que se concedió el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito a la empresa de Ricardo Salinas Pliego para no pagar un crédito fiscal de 67 millones 165 mil 827 pesos.
Nuevo Elektra impugnó dicha multa al justificar que las facultades de comprobación y el crédito fiscal debieron dirigirse únicamente a la controladora, Grupo Elektra, conforme al régimen de consolidación fiscal previsto en la Ley del ISR vigente ese año.
Sin embargo, los ministros rechazaron el argumento y confirmaron que el SAT tiene amplias facultades para fiscalizar directamente a empresas individuales que forman parte de un grupo que declara de manera consolidada.

“Las facultades de comprobación que pueden desplegar las autoridades fiscales no se encuentran limitadas respecto de las sociedades controladas, es decir, no existe una excepción que las excluya del ejercicio de las facultades de verificación fiscal. Aceptar esta limitante implicaría, por un lado, desconocer las facultades de comprobación que tienen origen en el artículo 16 de la Constitución”, argumentó la ponente.
A petición del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quedó pendiente la resolución del último litigio de Grupo Salinas en la Corte, relacionado con el crédito fiscal de TotalPlay por más de 645 millones de pesos, con el fin de contar “con un análisis más amplio del caso”.
Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, así como el ministro Irving Espinosa Betanzo, votaron en contra del proyecto de Batres al considerar que el caso —un amparo directo en revisión 3842/2024 promovido por el SAT— no planteaba un auténtico tema de constitucionalidad.