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Suspensión y reanudación de actividades fiscales

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Por Pedro Linares Manuel

En la vida económica de una persona física o moral pueden presentarse momentos en los que se necesite pausar operaciones o retomarlas después de un tiempo. Para ello, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece los trámites de suspensión y reanudación de actividades en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). El artículo 27 del Código Fiscal de la Federación establece que los contribuyentes deben mantener su situación actualizada, lo que incluye informar oportunamente cuando suspenden o reinician actividades económicas.

La suspensión permite avisar al SAT que se han dejado de generar ingresos, lo cual libera temporalmente de presentar declaraciones, aunque el RFC se mantiene vigente.

PRESENCIAL O CITA

En cambio, la reanudación se presenta cuando el contribuyente vuelve a tener ingresos, con lo que se reactivan de inmediato las obligaciones fiscales y la necesidad de emitir comprobantes. Estos trámites pueden realizarse en línea mediante el portal del SAT, utilizando RFC, contraseña o e.firma, y en algunos casos de manera presencial con cita en las oficinas.

Un ejemplo frecuente es el de un profesionista que suspende actividades al mudarse temporalmente al extranjero. Durante ese tiempo no genera obligaciones, y al regresar puede reanudar en línea sin sanciones, retomando su capacidad de facturar. Lo importante es conservar vigente la e.firma, reactivar el RFC antes de emitir la primera factura y confirmar que el cambio aparezca correctamente en la Constancia de Situación Fiscal.

EL MOMENTO DE LA SUSPENSIÓN

En conclusión, suspender es una actividad importante, cuando los contribuyentes ya no tienen actividad comercial o ya no se van a dedicar a la actividad o giro en la cual se dieron de alta en el SAT, aquí entonces procede el momento de meter la suspensión de actividades oportunamente para suspender las obligaciones fiscales que mes con mes se deben reportar al SAT y reanudar actividades se realiza cuando el contribuyente comienza nuevamente con actividad o giro determinado, esto no es un simple trámite administrativo, sino un mecanismo que permite alinear la realidad del contribuyente con la autoridad tributaria.

Hacerlo a tiempo evita multas y da certeza para seguir operando con orden y estabilidad. Si desea poner en orden la, contabilidad, los impuestos o su negocio, por favor póngase en contacto al canal de WhatsApp: 56 4410 4184.

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