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Se dispondrán de las pensiones en julio, dice AMLO

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* Adelanta detalles del Fondo de Pensiones para el Bienestar
* Confía que en tres meses ya esté operando
* Marcha atrás a reformas de Ernesto Zedillo y Felipe Calderón

Juan R. Hernández

México.- Tras adelantar que el 1 de mayo se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y se oficializará el Fondo de Pensiones para el Bienestar, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que el 1 de julio el primer trabajador cobrará su pensión con su último salario base de cotización.

El mandatario confió en que, para esta fecha, todo estará listo y el Banco de México opere el Fondo con el dinero no reclamado por los ahorradores mayores de 70 años, al que se sumarán las ganancias que ya hay en el Aeropuerto

Internacional Felipe Ángeles (AIFA), y posiblemente las del Tren Maya y las de Mexicana de Aviación.

 

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“Nos llevará algún tiempo, espero que en dos meses después del 1 de mayo, es decir, para el 1 de julio, si es posible, esté cobrando su compensación el primer trabajador. Ese es mi plan”, proyectó.

Se presentará el nuevo método para pensionar y jubilar a los afectados por la Ley 97 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aprobada en el sexenio de Ernesto Zedillo y la de 2007 creada en la administración de Felipe Calderón.

“Se les compensará con el Fondo de Pensiones para el Bienestar. Se publicará el 1 de mayo y se definirán los procedimientos.

“Se creará el fideicomiso y se financiará para que tenga recursos y ya para el 1 de julio se pueda entregar la primera compensación al primer trabajador, y a partir de entonces, hacia adelante”, dijo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones para el Bienestar?

El Fondo de Pensiones para el Bienestar busca garantizar que los trabajadores obtengan, al retirarse, el 100% de su salario.

La propuesta establece que en caso de que un trabajador cumpla 70 años y no ejerza su derecho a recibir los recursos de la Subcuenta de Vivienda, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Para los trabajadores del Estado, el Pensionissste o las administradoras deberán transferir los recursos en el momento en que cumplan 75 años, también sin necesidad de resolución judicial.

La reforma implica cambios y adiciones a diversas leyes, incluyendo la del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, entre otras.

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