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Impugnará AMLO suspensión de la reforma en Coahuila

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El presidente expuso que la suspensión del Plan B en Coahuila y Estado de México “afecta de manera grave una de las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano”

Enrique Sánchez Márquez 

Las relaciones existentes en un marco de tensión entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el presidente Andrés Manuel López Obrador, parecen ahondarse ante un falló donde el órgano judicial frenó la aplicación del Plan B en Edomex y Coahuila.

De inmediato, Presidencia de la República anunció la presentación de impugnación, ante el argumento de “fraude a la Constitución”. El jefe del Ejecutivo citó que el ministro Alberto Pérez Dayán viola el texto de la Carta Magna al suspender la aplicación del Plan B de la Reforma Electoral para las elecciones del 4 de junio próximo, porque la decisión solo puede invalidarse mediante el voto de ocho ministros. A través de la Consejería Jurídica de la Presidencia, el mandatario consideró improcedente la decisión del ministro, puesto que “las normas expedidas por el Congreso de la Unión tienen proscrito expresamente suspender sus
efectos”.

PÉREZ DAYAN SE SALTA LAS REGLAS

“Los juzgadores, como todas las autoridades del Estado, están obligados a fundar y motivar sus decisiones, por lo que el ministro Pérez Dayán no puede apartarse de las reglas específicas que establecen las leyes
al tramitar los medios de control constitucional, pues la legitimación del Poder Judicial se diluye cuando sus decisiones responden a posiciones políticas o personales”, señala el documento de impugnación.

El presidente expuso que la suspensión del Plan B en Coahuila y Estado de México “afecta de manera grave una de las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano”, ya que “solo la determinación del pleno de la SCJN puede tener por efecto declarar la invalidez de una disposición general”. “Es fundamental que los ministros que integran la SCJN actúen dentro de las atribuciones que les corresponden, sin
traspasar los límites que le impone la Constitución y las leyes”, agregó.

LAS REFORMAS NO PASAN; FUE EN TIEMPO DE VEDA

El pasado 21 de febrero, el ministro concedió una suspensión provisional para que las reformas a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, que integran el Plan B de la Reforma Electoral, no se apliquen en los actuales procesos electorales que se desarrollan en el Estado de México y Coahuila.

De acuerdo con la información dada por la SCJN, la suspensión para que la ley no sea aplicada en los procesos electorales del Edomex y Coahuila se debe a que se promulgó durante el periodo de veda electoral, acto que está prohibido en la Constitución.

“De no concederse (la suspensión), su aplicación podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales”.

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