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INAI responde a AMLO: no cuenta con atribuciones para investigar bienes de personas físicas

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Ante esto, el Instituto sugiere al mandatario nacional, presentar una solicitud de información a los sujetos obligados referidos

Redacción Grupo Cantón

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones sobre las percepciones y los bienes de personas físicas, informó el Pleno, por conducto de la comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena, al dar respuesta a la carta enviada por el Presidente de la República, el 14 de febrero pasado.

El documento presentado en la sesión pública precisa que el Instituto tampoco cuenta con atribuciones para requerir información a instituciones como el Servicio de Administración Tributaria, la Unidad de Inteligencia Financiera o los Registros Públicos de la Propiedad, a fin de realizar ese tipo de investigaciones.

Por tanto, se sugiere al titular del Ejecutivo presentar una solicitud de información a los sujetos obligados referidos, a efecto de que, como primeros responsables, sean quienes se pronuncien al respecto, toda vez que el Instituto no cuenta con un repositorio físico o electrónico de los archivos de los diversos entes públicos a nivel federal.

Asimismo, se indica que, en caso de que las respuestas otorgadas no satisfagan su pretensión, puede interponer recurso de revisión ante el INAI, a fin de que el Pleno analice caso por caso la procedencia de las respuestas y emita las resoluciones correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes General y Federal de Transparencia.

Respecto a la consulta del Presidente de la República sobre si puede, como ciudadano, ejerciendo su derecho a la libertad de información y expresión dar a conocer facturas y comprobantes sobre los ingresos del señor Loret de Mola, el INAI señala que la fracción II, del artículo 6° de la Constitución prevé que la información referente a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

El INAI hace hincapié en que todas las instituciones del Estado mexicano, así como todas las personas servidoras públicas, están obligadas a cumplir de forma irrestricta con los principios y deberes de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Así, cualquier excepción al régimen de confidencialidad de la información patrimonial referente a una persona física identificada o identificable, debe fundamentarse en la ley.

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