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SAT debe informar sobre reclamos patrimoniales: INAI

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Las personas tienen derecho a ser indemnizadas por entes públicos tras afectar sus derechos, destacó el INAI 

Redacción Grupo Cantón

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe proporcionar la versión pública de cada una de las resoluciones -sentencias firmes- emitidas de conformidad con las reclamaciones presentadas en términos de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, del periodo de 2005 a 2021, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El presente recurso de revisión “nos ayuda a exponer un mecanismo del Estado mexicano que permite a todas las personas presentar reclamaciones ante las autoridades cuando consideren que, derivado de un acto administrativo irregular, se ha lesionado su patrimonio o sus derechos”, aseguró la comisionada Josefina Román Vergara.

Una persona solicitó al SAT que le informara en qué apartado de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) puede consultar la versión pública de cada una de las resoluciones (sentencias firmes) emitidas de conformidad con las reclamaciones presentadas en términos de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, del periodo de 2005 a 2021.

En respuesta, el SAT informó que las resoluciones que emite al amparo de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado no están publicadas en la PNT, por lo que, en su primera respuesta, manifestó la inexistencia de lo solicitado.
Ante la respuesta de inexistencia de la información, el solicitante presentó ante el INAI un recurso de revisión.

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En alegatos, el SAT indicó que realizó una nueva búsqueda y localizó diversas resoluciones de reclamación patrimonial, por lo que, a través de un alcance a su respuesta inicial, remitió dos resoluciones en versión pública y notificó la disponibilidad de diversas resoluciones en copia simple o certificada.

En el proyecto presentado por la ponencia a cargo de la Comisionada Josefina Román Vergara, se determinó que el agravio es fundado al considerar que, si bien el SAT turnó la solicitud a las unidades administrativas competentes para conocer de lo solicitado, éstas no realizaron una búsqueda con criterio amplio.

En el caso, la comisionada indicó que “el SAT se limitó a indicar que en la Plataforma Nacional de Transparencia no se localizó la información solicitada, sin que realizara una búsqueda encaminada a localizar la expresión documental que diera atención a lo solicitado.

La Comisionada Román señaló que, por mandato constitucional, las personas tienen derecho a ser indemnizadas por parte de los entes públicos federales en aquellos casos en los que se hayan afectado sus derechos, a causa de una actuación administrativa que no estuvo apegada a la ley.

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