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Aprueban Diputados reformas a la Ley de Hidrocarburos; Se remitió al Senado

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Con 271 votos a favor, 134 en contra y 8 abstenciones fue avalado en lo particular

Juan R. Hernández

Luego de una maratónica sesión que inició a la 14:00 horas y tras poco más de 12 horas de trabajo, la madrugada del jueves el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.
Con 271 votos a favor, 134 en contra y 8 abstenciones, se aprobó en lo particular la Iniciativa propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador y fue remitido al Senado para sus efectos constitucionales.
El Dictamen se actualiza y regula en la ley, el almacenamiento mínimo de petrolíferos, la negativa ficta en el procedimiento de trámite de los permisos, revocación de permisos en caso de reincidencia en el incumplimiento de diversas disposiciones aplicables en materia de hidrocarburos y petrolíferos.
También, robustece el marco jurídico en materia de contrabando de combustibles, y suspensión de permisos por peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional.

Se busca que los solicitantes de permisos demuestren, cuando así sea requerido por otra disposición jurídica, la capacidad de almacenamiento legalmente establecida; evita que por el simple transcurso del tiempo se ceda un permiso para llevar a cabo las actividades del sector energético a algún agente que pudiera no estar calificado para ello o tener algún impedimento jurídico, lo que a la postre pudiera poner en riesgo la seguridad nacional y seguridad energética.
Incluye como causal de revocación de permisos emitidos por la Secretaría de Energía (Sener) o la Comisión Reguladora de Energía (CRE), la comisión del delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, y que haya sido así determinado por resolución firme de autoridad competente, salvaguardado de este modo los derechos del debido proceso.
Incorpora la posibilidad de que la Sener o la CRE puedan llevar a cabo la suspensión de los permisos que emitieron, a fin de garantizar los intereses de la nación y dejar a salvo los derechos de terceros.
Establece la revocación del permiso a los permisionarios que alteren la cantidad, calidad y medición de hidrocarburos y petrolíferos, así como a aquellos que modifiquen sistemas, ductos o instalaciones sin autorización.

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