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MÉXICO.- Después de una maratónica sesión de 15 horas que concluyó alrededor de las 2 de la mañana del 11 de marzo de 2021, este jueves la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular, el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.
El documento que se devolvió al Senado de la República para sus efectos constitucionales, fue aprobado en lo particular, por 250 votos a favor, 163 en contra y 14 abstenciones.
Aceptaron 7 reservas
De las 303 reservas registradas, sólo se aceptaron siete de los partidos de Morena, PRD y PRI entre las que destacaron:
El diputado de Morena, Javier Ariel Hidalgo Ponce al artículo 3 párrafo I fracción XII, relativa al “consumo problemático” que cita: “el uso de cannabis psicoactivo que provoque problemas graves a la salud de las personas”, se adicione, “incluyendo la adicción, el abuso, la intoxicación y el uso nocivo, o problemas graves en su desenvolvimiento en el entorno social”.
También, se aceptó la reserva del diputado del PRD, Víctor Gilberto Aguilar Espinosa, para modificar el artículo 8, a fin de estipular que este ordenamiento fomentará el bienestar de la población y el derecho al libre desarrollo de la personalidad, y se suprime del párrafo “por ende las políticas, planes, lineamientos y programas empleados por el Gobierno Federal buscarán la seguridad, prosperidad y bienestar”.
A propuesta de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, y el diputado René Juárez Cisneros, el diputado Jesús Sergio Alcántara Núñez (PRI) presentó la reserva a los artículos 26, 35 y 42, a efecto de eliminar el carácter vinculante de las opiniones de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) y que sea exclusivamente la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) la instancia facultada para emitir las licencias relativas al aprovechamiento industrial del cáñamo.
En el artículo 41, se aceptó la reserva del diputado Javier Ariel Hidalgo Ponce (Morena) a fin de armonizar la ley bajo el concepto de “consumo problemático”. El cambio precisa que “Conadic coordinará las campañas contra el consumo problemático del cannabis y desarrollará acciones permanentes para disuadir y evitar su consumo por parte de menores de edad y grupos vulnerables”.
Además, se aceptó la reserva del diputado Hirepan Maya Martínez (Morena) para modificar el artículo 43, para señalar que el incumplimiento a los preceptos de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, sus reglamentos y demás disposiciones que emanen de ella, serán sancionados administrativamente por las autoridades competentes, de conformidad con lo establecido en esta Ley, y se incluyen las leyes Federal de Variedades Vegetales y la General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental.
El Pleno aceptó la reserva del diputado Rubén Cayetano García (Morena) al artículo 198 bis del Código Penal Federal, para quedar: “Se sancionará con pena de tres a siete años de prisión y de ochenta a trescientos días multa, y se aplicará pena de diez meses a tres años de prisión y hasta ochenta días multa a quien posea cannabis psicoactivo con la finalidad de cometer las conductas establecidas en la fracción anterior”.
Al referirse a las reservas de Cayetano García, la diputada Martha Tagle Martínez (MC) se pronunció en contra, toda vez que aumenta las penas, es decir, “queda comprobado una vez más que se penaliza la posesión para consumo”.
Buscan modificar política de drogas
Conforme a lo aprobado por las y los diputados en la sesión semipresencial, se busca modificar la política de drogas que, hasta el día de hoy, se ha basado fundamentalmente en la prohibición y dar cumplimiento a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
También, adecuar el marco normativo para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; establecer las bases para la construcción de un modelo de regulación legal responsable, y garantizar en mayor medida el derecho al libre desarrollo de la personalidad y la salud pública.
Prohíbe el empleo de menores de dieciocho años en cualquier actividad relacionada con la producción, venta y consumo de cannabis. Establece sanciones por el incumplimiento de lo previsto en la ley, los permisos y licencias, y precisa las bases para la despenalización del cannabis al determinar cómo falta administrativa la posesión simple de más de 28 gramos y hasta 200 gramos de marihuana.
Además, en aras de promover una penalización acorde a los objetivos de la nueva ley, se considerará como falta administrativa a la posesión sin autorización de cantidades entre 200 gramos y 200 veces el valor de la tabla prevista en el artículo 479 de la Ley General de Salud, lo que equivale a 5 kilos 600 gramos.
Con información de Diario Basta!