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¿QUÉ ESPERAN PARA PROCEDER CON EL DESCARADO FRAUDE DEL MARIDIVE 235?
Denuncia al 9933989844 y z-tella@ hotmail.com… Sígueme en Face: @ LaPlataforma, Twitter: @LaPlataforma_ y en el Portal: la-plataforma.com donde hay más información… Más datos para responder a la carta enviada y publicada en este espacio, por SERGIO CHARLES, director de Relaciones Estratégicas e Institucionales de GRUPO PROTEXA/PROMOTORA PETROLERA REGIOMONTANA… Se relaciona con el contrato número 648238818 para “servicio de inspección a subestructuras y súper estructuras de plataformas marinas, PAQUETE E” asignado a estas compañías de la familia LOBO MORALES, contrato que se deriva de la licitación PMX-DOPAPC-PEPR-CT SGCMCLM-823-2018- P CON- 5 4 8 56 -2 – I NSPECCIÓN A SUBESTRUCTURAS… A su dicho en el 8vo párrafo: “Ahora bien, contrario a lo que su columna del 8 de julio expresa, el clausulado por eventos de fuerza mayor sí permite sustituir la embarcación antes de los 6 meses de iniciado el contrato, siempre y cuando se acrediten las siguientes condiciones: 1.- Estar fuera de control de la parte que reclame el evento de fuerza mayor; 2.- No sea resultado de culpa o negligencia de la parte que lo invoque; 3.- Ser imprevisible y, en caso de ser previsible, que sea inevitable, y 4.- Que impida a la parte que reclame el evento de fuerza mayor llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el contrato”…Sobre este tema de uso del término evento de fuerza mayor, nos remitimos al contrato número 648238818, página 13 de 83, numeral 2.14 “Evento de Fuerza Mayor” en donde se describe la definición oficial de fuerza mayor, los eventos que pueden dar lugar a un evento de fuerza mayor, así como las exclusiones de la misma definición… (…). Habrá más.